Si su empresa no puede atender regularmente sus pagos, acumula reclamaciones o prevé que los próximos vencimientos serán inasumibles, conviene analizar la situación antes de que las opciones se reduzcan. En NBR Abogados estudiamos la insolvencia de su empresa y le asesoramos sobre la presentación del concurso de acreedores y las alternativas que puedan existir según la realidad del negocio.
¿Cuándo necesita asesoramiento concursal su empresa?
- Cuando la empresa no puede atender regularmente sus obligaciones vencidas.
- Cuando se prevé que los próximos vencimientos no podrán asumirse.
- Cuando se acumulan reclamaciones, ejecuciones o embargos.
- Cuando las negociaciones con acreedores no permiten estabilizar el negocio.
- Cuando se plantea el cierre de una actividad con deudas y es necesario determinar cómo abordar legalmente la insolvencia.
Actuar a tiempo permite valorar más alternativas y analizar también los deberes y posibles riesgos del órgano de administración.
¿Cómo le ayudamos en un concurso de acreedores?
Revisamos la situación económica y jurídica de la empresa, sus activos, contratos, deudas, garantías y acreedores. A partir de ese análisis determinamos la vía adecuada, preparamos la documentación y le acompañamos durante la solicitud y tramitación del procedimiento.
- Análisis previo de la situación de insolvencia.
- Estudio de deudas, activos, contratos, garantías y acreedores.
- Preparación y presentación de la solicitud de concurso cuando proceda.
- Asesoramiento durante la tramitación y en la relación con la administración concursal.
- Valoración de las opciones de continuidad, convenio, transmisión de unidad productiva o liquidación.
- Análisis de los riesgos para los administradores y de las consecuencias de los avales personales.
Soluciones dentro del concurso de acreedores
La presentación de un concurso de acreedores no implica necesariamente el cierre de la empresa. En NBR Abogados analizamos la situación económica y la viabilidad del negocio para determinar las alternativas que pueden plantearse en cada caso.
El procedimiento puede orientarse a la continuidad de la actividad mediante un convenio con los acreedores, a la transmisión de una unidad productiva o, cuando no exista una alternativa viable, a una liquidación ordenada.
Cuando resulte aplicable el procedimiento especial para microempresas, estudiamos las opciones previstas específicamente para este tipo de negocios.
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar el concurso antes de dejar de pagar?
Sí. La ley contempla la insolvencia inminente, además de la actual. No es necesario esperar a que se acumulen todos los impagos para analizar la procedencia del concurso.
¿El concurso cancela los avales de los socios o administradores?
No de forma automática. El aval puede permitir al acreedor reclamar al garante. Revisamos su alcance y las opciones de defensa o tratamiento de la insolvencia personal.
¿Puedo cerrar la sociedad sin tramitar su insolvencia?
El cese de actividad no resuelve por sí solo las deudas ni las obligaciones societarias y concursales. Antes de cerrar, es necesario determinar cómo debe abordarse la situación.
Cuéntenos qué está ocurriendo en su empresa. Estudiaremos la situación, las alternativas disponibles y los pasos necesarios para afrontar la insolvencia con una visión completa.
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