Si tiene deudas con Hacienda que no puede asumir junto con el resto de sus obligaciones, en NBR Abogados analizamos su situación para determinar qué tratamiento puede tener la deuda tributaria dentro de la Ley de Segunda Oportunidad y qué parte podría continuar siendo exigible.
¿Qué ocurre con las deudas de Hacienda en la Segunda Oportunidad?
Las deudas con Hacienda tienen un tratamiento específico y no pueden considerarse exonerables en su totalidad de forma automática. Por ello, revisamos la composición y situación de la deuda tributaria para determinar qué cantidades pueden verse afectadas por la exoneración y cuáles seguirían siendo exigibles.
¿Qué analizamos si tiene deudas con Hacienda?
Revisamos la deuda pública junto con el resto de su situación económica para conocer el alcance real que podría tener la Segunda Oportunidad en su caso:
- Origen e importe de la deuda tributaria.
- Liquidaciones, recargos, intereses y sanciones.
- Providencias de apremio y procedimientos de recaudación ya iniciados.
- Posibles derivaciones de responsabilidad.
- Embargos acordados por la Administración.
- Deudas con Seguridad Social u otros acreedores.
- Deudas privadas que también formen parte de su situación de insolvencia.
¿Cómo le ayudamos?
Estudiamos conjuntamente sus deudas públicas y privadas, comprobamos el estado de los procedimientos de recaudación y valoramos qué cantidades pueden quedar afectadas por la exoneración. A partir de ese análisis le explicamos el alcance real de la Segunda Oportunidad y tramitamos el procedimiento cuando resulte aplicable.
Preguntas frecuentes
¿Se puede cancelar toda la deuda con Hacienda?
No necesariamente. El crédito público está sometido a un régimen específico y a límites de exoneración, por lo que es necesario calcular el alcance en cada caso.
¿Puedo acogerme si Hacienda ya me está embargando?
La existencia de un embargo no impide por sí sola estudiar la Segunda Oportunidad. Es necesario revisar el procedimiento de recaudación, el bien o ingreso embargado y el momento en el que se encuentra la actuación.
¿Qué ocurre si tengo deudas tanto con Hacienda como con la Seguridad Social?
Ambas son deudas de derecho público y tienen un tratamiento específico dentro de la exoneración. Deben analizarse conjuntamente con el resto de las obligaciones para determinar qué parte puede quedar afectada y cuál continuaría pendiente.
Si las deudas con Hacienda forman parte de una situación económica que ya no puede asumir, revisaremos conjuntamente sus deudas públicas y privadas para explicarle qué alcance podría tener la Segunda Oportunidad en su caso.
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